Libertad de expresión

“La censura estatal, la imposición de discursos, las leyes contra el llamado "discurso de odio", las zonas limitadas para expresarse y la cultura de la cancelación son formas de restricción que atentan contra la libertad de expresión y deben ser rechazadas. Una sociedad libre necesita un verdadero intercambio de ideas diversas. Sin libertad de expresión, no hay libertad posible, y las democracias se debilitan hasta colapsar”.

La libertad de expresión y de culto

Todos tenemos derecho a expresar nuestras opiniones con respeto, y a poder manifestar públicamente nuestras convicciones. La libertad de expresión incluye también el ejercicio de la libertad de conciencia y de culto.

El derecho a la libertad de expresión es fundamental para la vida democrática. Nadie puede verse privado de este derecho porque su opinión no coincida con la de la mayoría o con la de las ideologías predominantes. En PRODECI defendemos este derecho porque sabemos que no siempre se respeta en nuestra sociedad, y que muchas personas sienten miedo de hablar y manifestarse libremente.

Encuadro jurídico

  • Constitución Nacional, art. 14: “Todos los habitantes de la Nación gozan de los siguientes derechos conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio; a saber: (…): de publicar sus ideas por la prensa sin censura previa; (…) de profesar libremente su culto (…)”.
  • Declaración Universal de Derechos Humanos, art. 19: “Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión”.
  • Pacto de San José de Costa Rica, art. 13: “1. Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección”.
  • Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, art. 19: “1. Nadie podrá ser molestado a causa de sus opiniones. 2. Toda persona tiene derecho a la libertad de expresión; este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección”.

Acciones por la causa

¿En qué podemos ayudarte?

Si sentís que no podés expresarte libremente por tus ideas, si sufriste censura o presiones por opinar distinto, o si sos docente, estudiante o ciudadano y no te permiten manifestar tus convicciones, escribinos. Desde PRODECI podemos ayudarte.